Minuto30.com .- En las últimas horas, la Sección Quinta del Consejo de Estado decretó una medida cautelar que suspende provisionalmente los efectos del Acuerdo 011 del 9 de marzo de 2026, documento mediante el cual se había designado a Guillermo Andrés Echevarría Gil como nuevo rector de la Universidad Popular del Cesar.
La decisión del alto tribunal se basa en una revisión preliminar que reveló una falla concluyente al momento de su postulación: el funcionario no acreditó la experiencia mínima requerida por los estatutos internos de la universidad para ocupar el máximo cargo directivo.
El motivo de la suspensión.
Según normativa de la UPC (Acuerdo 038 de 2004, modificado en 2025), cualquier candidato a la rectoría deberá acreditar experiencia no menor a cinco (5) años en educación superior al momento de su inscripción en el proceso electoral. En el caso de Echevarría Gil, este plazo era el 26 de noviembre de 2025.
Sin embargo, al hacer cuentas, el Consejo de Estado comprobó que los números no cuadraban. La certificación laboral oficial emitida por la propia Universidad Popular del Cesar demostró que el imputado apenas contaba con 4 años, 10 meses y 26 días de experiencia docente en la institución. Es decir, faltaba poco más de un mes para cumplir con el requisito de los cinco años.
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La experiencia «inválida» en UPARSISTEM
Para intentar subsanar este déficit de tiempo, el candidato había adjuntado un registro de trabajos realizados en el año 2020 en el instituto UPARSISTEM SAS, buscando sumar a su currículum esos meses faltantes.
Sin embargo, el Consejo de Estado fue categórico al rechazar este documento. La razón jurídica es que la UPARSISTEM es una institución de formación para el trabajo y el desarrollo humano, regida por la Ley 1064 de 2006, y no una institución de educación superior. La ley colombiana es clara en esta diferenciación y prohíbe mezclar ambas categorías.
El tribunal citó textualmente el Decreto 1075 de 2015
«Limitación de oferta. Las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano no pueden ofrecer y desarrollar programas de educación superior directamente o mediante convenios.
¿Qué sigue para la universidad?
Al no poder sumar el tiempo trabajado en UPARSISTEM, se evidenció que Echevarría Gil no alcanzó los cinco años requeridos. Por tanto, el tribunal consideró que hubo una «violación reglamentaria de magnitud suficiente» para destituirlo de su cargo de inmediato.
Cabe señalar que esta suspensión es una medida cautelar provisional. Guillermo Echevarría quedará fuera de la rectoría mientras el Consejo de Estado avanza en el proceso judicial y emite un fallo definitivo sobre el fondo de la legalidad de su elección.
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