La intervención de garantías de la Fiscalía General de la Nación impidió que Wendy Camila Flórez Rodríguez y Diego Andrés Castellanos siguieran condenados, tras demostrar que la conducta que se les imputaba no se ajustaba al delito de tentativa de extorsión.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia aceptó el concepto del Ministerio Público y absolvió a los dos ciudadanos. Los hechos están relacionados con el hallazgo en agosto de 2018 de un teléfono celular en el sistema Transmilenio. La persona que lo encontró contactó a su dueño y condicionó la entrega al pago de 200.000 dólares.
La Fiscalía Primera Delegada de Casación Penal indicó que la conducta careció de tipicidad objetiva, ya que no existió coacción mediante violencia, intimidación o amenaza adecuada para doblegar la voluntad de la víctima. En consecuencia, para el Ministerio Público, si bien la conducta de los imputados fue socialmente reprobable, no se cumplieron los requisitos del delito de extorsión.
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Con esta intervención ante la Corte, la Fiscalía General de la República sienta un precedente sobre los límites de la extorsión, contribuyendo a preservar los principios de legalidad, criminalidad y culpabilidad, garantizando que la respuesta penal del Estado se base en conductas verdaderamente constitutivas de delito y evitando sentencias incompatibles con las garantías constitucionales del debido proceso.



