La Corte Constitucional también avaló el Estatuto de la Oposición Política que fue aprobado por el Congreso de la República, el año pasado, en el marco de la implementación del proceso de paz.
El estatuto crea unas condiciones especiales para el ejercicio y la protección del derecho a la oposición de partidos y movimientos políticos, así como de organizaciones independientes, agremiaciones políticas, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos.
Entre otras cosas, dicho estatuto contempla que las organizaciones en oposición al gobierno de turno tendrán acceso a medios públicos y privados, a información y documentación oficial y derecho a la réplica frente a declaraciones que eventualmente pueda realizar el gobierno nacional.
El estatuto también le permite a la oposición participar en la Comisión de Relaciones Exteriores y en la sesión donde se discuta la propuesta del plan de desarrollo.
Además, establece que los candidatos a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República que queden de segundos en las elecciones tendrán derecho a una curul en el Senado y en la Cámara de Representantes.
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