Las devoluciones de impuestos se convierten en el centro del debate fiscal en Colombia luego de una decisión de la Corte Constitucional de Colombia que dejó sin efecto un decreto emitido durante la emergencia económica declarada a finales de 2025.
El alto tribunal determinó que la norma que sustentaba diversos gravámenes tributarios no se ajustaba a la Constitución, lo que implica que dichos gravámenes no pueden ser exigidos ni liquidados por la DIAN.
En consecuencia, ordenó la devolución a los contribuyentes de las cantidades recaudadas bajo ese marco.
La decisión incluye tanto impuestos directos como indirectos. En el primer caso se estableció que no deben cobrarse ni declararse, mientras que en el segundo, como el IVA aplicado a determinados productos y actividades, se deben realizar devoluciones a quienes puedan demostrar que asumieron el pago.
Según estimaciones preliminares, el monto a reembolsar podría superar los $20 mil millones de pesos.
Para cumplir con esta orden, la DIAN tendrá un plazo cercano a un mes para definir los mecanismos que permitan realizar los reembolsos, ya sea a través de los procedimientos existentes o mediante nuevas disposiciones.
Pese a la anulación del decreto, el Tribunal precisó que algunas condiciones seguirán vigentes. En particular, no se revertirán los beneficios fiscales que fueron otorgados durante la aplicación de la medida, con el objetivo de preservar la seguridad jurídica de quienes accedieron a ellos.
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La decisión fue adoptada por unanimidad de los jueces participantes, aunque algunos presentaron aclaraciones adicionales sobre el alcance del fallo. En los próximos días se espera la publicación completa del fallo, que detallará los fundamentos jurídicos de esta determinación.
Mientras tanto, la implementación de las devoluciones será clave para definir el impacto real de esta decisión en las finanzas públicas y los contribuyentes.
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